Inembargabilidad de prestaciones económicas
29 julio, 2015
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Inembargabilidad de las prestaciones económicas de la dependencia
El Pleno del Congreso acaba de aprobar, el paquete de enmiendas a la Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia que se han introducido durante el trámite en el Senado en el último paso de una iniciativa que ha reformado una veintena de leyes.
Entre las leyes reformadas, se encuentra la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.
En la disposición final novena de la nueva Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia se modifica la Ley de Dependencia a los efectos de declarar inembargables las prestaciones económicas reconocidas en dicha Ley, salvo en el caso de la pensión de alimentos, donde prima el interés del menor que precise alimentos por encima de la dependencia.
Por todo lo anterior, ya es definitiva la declaración legal de inembargables de las prestaciones económicas de la Ley de Dependencia con la excepción antes expuesta.
En Sevilla, a 29 de Julio de 2015