A partir de mayo de 2023, y en virtud del artículo 170 de la Ley General de la Seguridad Social, una vez superados los 365 días, si no se comunica el alta médica, se prorroga automáticamente la baja por incapacidad temporal.
A partir de mayo de 2023, y en virtud del artículo 170 de la Ley General de la Seguridad Social, una vez superados los 365 días, si no se comunica el alta médica, se prorroga automáticamente la baja por incapacidad temporal.