All Noticias Noticias de Portada Programas y Actividades Recortes de Prensa Noticias Santoral del día Noticias médicas Legislación Noticias Medicas (DESACTIVADA) Refranes y dichos Santoral del día Publicaciones Carrera popular ASEM Articulos Sobre Educación Sin categoría Articulos Coronavirus Recetas Transparencia Refranes y dichos Recortes de Prensa Trucos Cuentas anuales Curiosidades y pasatiempos ELA Articulos de la oficina Online Ictus (AVC) Videos Articulos Carrera popular ASEM Memorias de actividades seccion ICTUS Síndrome de Behçet Transparencia ¿Quiénes somos? Avisos Legales y Protección de Datos Planes DONATIVOS BODAS Respuestas Esclerosis Múltiple Atención psicológica Proyectos Futuros Commercial Legislación Otras Patologías Ataxia Espinocerebelosa Crucigramas Debes saber que... ¿Qué es la Esclerosis Múltiple? Charcot Marie-Tooth Mensajes de Error Art Green-Wave Otras Patologías Logopedia Políticas Donativos Localización Respuestas de cocina Únete a nosotros Respuestas de Neurologia Accidentes cerebro vasculares Strumpell-Lorrain Nuestras actividades en internet Síntomas más comunes Diagnóstico Tratamientos Guillén Barre Siringomelia Sindrome de West Sindrome de Marfan Distrofias Musculares Donativos Tech Proyectos Futuros Localización Únete a nosotros Cocina con... Curiosidades y Pasatiempos Educación seccion Respuestas de Oficina Online Esclerosis Múltiple ICTUS (AVC) Ataxia Espinocerebelosa Síndrome de Behçet Distrofias Musculares Charcot Marie-Tooth Strumpell-Lorrain ELA Santoral del día Refranes y dichos Trucos ¿Qué es la Esclerosis Múltiple? Guillén Barre Siringomelia Sindrome de West Sindrome de Marfan Nota Legal Videos (más)
Cómo pedir el nuevo complemento junto a solicitud de pensión
11 marzo, 2021
0
Print Friendly, PDF & Email

Cómo pedir el nuevo complemento para reducir la brecha de género junto a la solicitud de su pensión

Si ha tenido uno o más hijos ya puede solicitar el nuevo complemento para reducir la brecha de género, junto al trámite de solicitud de su pensión de jubilación, incapacidad o viudedad. El nuevo complemento entró en vigor el pasado 4 de febrero y beneficia a las pensiones aprobadas a partir de esa fecha.

Este complemento para reducir la brecha de género está relacionado con el posible perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a, sufrido de forma abrumadora por las mujeres, y es una de las principales causas de la existencia de la brecha de género en la cuantía de la pensión.

 

Cómo solicitarlo

Puede solicitarlo con Certificado Digital o DNI electrónico en el siguiente enlace:

https://w6.seg-social.es/ProsaInternetAnonimo/OnlineAccess?ARQ.SPM.ACTION=LOGIN&ARQ.SPM.APPTYPE=SERVICE&ARQ.IDAPP=FRCOGENE&ORGANISMO=I

Si tiene alguna duda, puede llamar al 901 166565 o al 915421176, líneas de atención telefónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Si prefiere realizar el trámite presencialmente, recuerde que debido a la actual situación sanitaria es necesario solicitar cita previa en el siguiente enlace:  https://revista.seg-social.es/2021/01/14/como-solicitar-cita-previa-para-pensiones-y-otras-prestaciones-de-la-seguridad-social/

Detalles y requisitos

El nuevo complemento parte de una cuantía fija de 378 €/año, por hijo, hasta un máximo de 4 hijos. Es decir, la persona que al acceder a su pensión acredite, que cumpliendo los requisitos establecidos para este complemento, ha tenido con un hijo contará con 27 euros al mes más en su pensión; con dos hijos, tendrá 54 euros más al mes, etc. La cuantía se abonará en 14 pagas. Los requisitos para poder beneficiarse del mismo son:

  • Estar adscrito a cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social y solicitar una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o de viudedad. Es decir, el complemento se sumará a las pensiones de jubilación ordinaria, jubilación anticipada voluntaria, incapacidad permanente y viudedad.
  • Los complementos que pudieran ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí. Se abonará en el régimen en el que el causante de la pensión tenga más períodos de alta.
  • Tener uno o más hijos inscritos en el Registro Civil.