Anulan multa scooter eléctrico
30 noviembre, 2016
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El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 5 de Málaga ha declarado “nula y sin efecto” la sanción de 500 euros impuesta a Ana María Pérez por la Policía Local de Benahavís (Málaga) por circular en sentido contrario con un scooter eléctrico que necesita para desplazarse.
El juzgado da la razón a Pérez y la exime además de los costes de las tasas judiciales, después de que el Ayuntamiento del municipio y el Patronato Municipal de Recaudación apoyaran la postura de la Policía y se negaran a retirar la sanción a pesar de que la denunciada lo había solicitado en varias ocasiones.
En la Sentencia se indica, en la misma línea que ha mantenido FEDEMA desde el principio, que las señales de tráfico están pensadas para los vehículos y no para los peatones, y una silla de ruedas aunque sea eléctrica tiene la consideración de peatón, por lo que la sanción que interpuso la Policía Local no tiene validez.
Aunque la Resolución aún no es firme, desde FEDEMA celebramos que se haya hecho justicia.
Lda: Carmen Fátima Ruiz Rodríguez
Dpto. Jurídico FEDEMA