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Subvenciones individuales para personas con discapacidad.

 
PERSONAS BENEFICIARIAS: 
 
Personas físicas con discapacidad y vecindad administrativa en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
 
Renta per cápita de la unidad económica de convivencia no superior al IPREM.
 
Reconocimiento de una discapacidad física, psíquica o sensorial en un grado igual o superior al 33 %.
 
Disponer de un presupuesto cierto y con informe favorable del Centro de Valoración y Orientación, en el caso de subvenciones para la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad.
 
 
OBJETO:
 
Facilitar la mayor autonomía posible de las personas con discapacidad, mediante la financiación de algunos conceptos:
 
Adaptación de vehículos a motor.
 
Adquisición, renovación y reparación de prótesis y órtesis, así como la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad.
 
Los gastos de desplazamiento de personas con discapacidad al centro residencial o de día al que deban asistir.
 
 
IMPORTE:
 
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo alcanzar las siguientes cuantías máximas, en los términos previstos en el apartado 5ª y 5b del cuadro resumen de las bases reguladoras:
 
1) Auditiva: 1.200 € (600 € por audífono).
2) Ocular: 400 €.
3) Dental: 600 €.
 
Adquisición, renovación y reparación de otros productos de apoyo para personas con discapacidad: coste de la actuación, con el límite máximo de 6.050 €.
 
Gastos de desplazamiento en transporte público o privado: 109 € / mes.
 
 
PLAZO DE SOLICITUD: del 1 al 30 de abril de 2016.
 
LUGAR DE PRESENTACIÓN: 
 
Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía. 
 
Consejería de Igualdad y Políticas Sociales. Avda. de Hytasa, 14 – 41006 – Sevilla.
 
Delegación Territorial de Igualdad y Políticas Sociales. Avda. Luis Montoto 87/89 – 41071 – Sevilla.
 
 
Para más información:
 
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