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Legislación
Jubilación anticipada para los autónomos con discapacidad
16 julio, 2007
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Los autónomos con discapacidad podrán jubilarse anticipadamente en las mismas condiciones que los trabajadores por cuenta ajena incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social.

Así lo dispone el texto del Proyecto de Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo que acaba de aprobar la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso de Diputados, reflejando una enmienda sugerida por el CERMI y planteada por varios Grupos Parlamentarios.

Hasta ahora, únicamente los trabajadores con discapacidad del Régimen General de la Seguridad Social podían acogerse a la jubilación anticipada, por lo que con esta modificación, se amplía este beneficio, en idénticas condiciones y requisitos, a los trabajadores autónomos con discapacidad.

Esta demanda del CERMI al Parlamente fue asumida y planteada por las organizaciones de autónomos APTA y ATA, que la incorporaron a su batería de propuestas de mejora del Proyecto de Ley remitido por el Gobierno.